¿ESTAMOS ESTADO DE ALARMA?: COVID-19


¿ESTAMOS EN UN ESTADO DE ALARMA? Spanish

¿Estamos realmente en un Estado de Alarma? Según el RD 463/2020 de 14 de marzo y sus sucesivas prórrogas sí lo estamos. Pero en este artículo de reflexión político-jurídica voy a tratar de explicaros, sin tantos tecnicismos ni legalismos, lo que significa estar bajo un Estado de Alarma, las diferencias con el Estado de Excepción, y la situación real que estamos viviendo desde el pasado 14 de marzo, con las limitaciones, restricciones de libertades y derechos a la que aún estamos (y estaremos) sometidos, y luego ya vosotros quizás sacáis vuestras propias conclusiones.

Estas últimas semanas he leído múltiples artículos en diversos medios, como El País, El Mundo, La Razón, ABC, incluso Público.es, donde numerosos juristas, Catedráticos, Jueces, Abogados, escribían y opinaban sobre el Estado de Alarma que nos está tocando vivir en estos días, y la mayoría de ellos, si no todos, coincidían básicamente en una idea, que aunque se le haya llamado Estado de Alarma, lo que estamos viviendo es realmente un “Estado de Excepción encubierto”, en toda regla.

Bajo el Estado de Alarma, como habréis comprobado desde hace 5 o 6 semanas ya, ciertos derechos y libertades han sido limitados y sobre todo restringidos. Estamos conociendo, cada día más, el contenido de la palabra “PROHIBICIÓN”. De hecho, la tenemos escrita ya en la frente. No podemos salir más de 2 adultos juntos de casa, ni a hacer la compra, ni a la farmacia, ni a comprar el periódico, ni siquiera un paquete de cigarrillos al estanco de la esquina, aunque vivan juntos esos dos adultos (libertad de circulación). Hasta día de hoy, no se puede salir a correr o pasear de forma individual ni a las afueras de la ciudad, ni a un parque, aunque esté completamente vacío (libertad de movimiento). Solamente se nos permite salir y sólo a algunos, a trabajar, si ese traslado al trabajo está justificado o si eres autónomo, pero poco más. Relacionado con la libertad de circulación y de movimiento nos encontramos con otra prohibición más,

que es la de no poder juntarnos más de dos personas a la vez en la calle (aún estando a más de dos metros de distancia de seguridad), restringiéndose con ello el derecho de reunión de las personas, contemplado en el art. 21 CE. No quiero decir con ello que nos vayamos a juntar 300, 2.000 o 30.000 personas, pero veo notablemente exagerada esa prohibición, cuando precisamente ahora estamos más faltos que nunca de eso, el juntarte aunque sea a 2 metros, con un ser querido o amigo/a durante unos pocos minutos, pero ni eso.

En los últimos días se ha podido comprobar, con sólo ver las noticias, que el gobierno está, por un lado, monitorizando nuestra posición en todo momento, controlando a través de las compañías telefónicas, si estamos guardando debidamente el confinamiento (derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones), o no. Además, se están empezando a poner en marcha unos mecanismos, por los cuales el gobierno quiere controlar las RRSS, lo que comentamos en internet y lo que circula por Whatsapp, siempre que sea contrario a la actuación y gestión del mencionado gobierno (libertad de expresión), y están tratando también de amordazar, no hace falta más que ver la última encuesta del CIS de hace 4 días, donde se propone que sólo haya un medio oficial de información, cual dictadura (derecho a la información). Además de lo anterior, y no menos importante, el vicepresidente segundo, Sr Iglesias, ha invocado el art. 128 CE, poniendo en serio peligro la propiedad privada, los recursos económicos del estado, los ahorros de las empresas, grandes, medianas y pequeñas, y de las familias, generando incertidumbre y cierto miedo a éstas por esa declaración de intenciones (derecho a la propiedad privada).

¿Se pueden restringir determinados derechos y libertades fundamentales previstos en la CE durante el Estado de Alarma? La respuesta es NO, y la encontramos en la Ley Reguladora del Estado de Alarma, Excepción y Sitio de 1981. Durante el Estado de Alarma no se pueden restringir los derechos constitucionales, sí se podrán limitar temporalmente, pero no suprimir o restringir a los niveles que llevamos en la actualidad. Los derechos, por mucho que nos encontremos en un estado excepcional, no pierden vigencia ni protección y aunque el Estado se atribuya todo el poder mientras dure la crisis sanitaria, ello no es óbice para tratar a sus ciudadanos como un estado pseudo totalitario. Asimismo, de todos los daños causados por el Estado, debido a esta restricción total de derechos, responderá el Ejecutivo y se le pueden exigir responsabilidades una vez cese este estado de alarma, según dispone la Ley y la CE. Lo que está claro es que la pandemia ha dejado en suspenso el ejercicio de derechos fundamentales y libertades públicas indispensables para calificar a una sociedad como democrática. Procede, por ello, declarar el estado de excepción y así lo han visto destacados juristas como Manuel Aragón, Francisco Javier Álvarez García, o Mercedes Fuertes, entre otros…]. ¿Por qué el presidente del Gobierno no ha seguido esta vía constitucional? A mi juicio, porque hubiera tenido que someter sus medidas a un debate previo en el Congreso de los Diputados. Tendría que dar un protagonismo al Parlamento que no parece gustar al actual inquilino de La Moncloa. Frente a la declaración de alarma, donde el Gobierno diseña sus medidas de las que “da cuenta” al Congreso de los Diputados, en la declaración del estado de excepción, el Gobierno tendría que haber presentado su propuesta ante la Cámara de manera previa y, sobre todo, hubiera tenido que discutir y, en su caso, admitir los matices, modificaciones y otras precisiones que se aprobaran en esa sede planteadas por los grupos políticos, lo cual ha evitado a toda costa el Sr. Sánchez y lo ha conseguido. Fuimos de los últimos países en tomar decisiones drásticas ante la pandemia, nuestra vecina Portugal tiene apenas 200 fallecidos, y unos pocos miles contagiados, pero de eso no interesa hablar, en Dinamarca, Noruega, Austria, Alemania ya están abiertos muchos comercios, las escuelas se están volviendo a abrir, con medidas sanitarias por supuesto y de seguridad, pero me temo que España va a ser la última en salir de esto, y la peor parada económicamente, si no esperad hasta junio o a la próxima EPA de este verano y veréis, además de los datos de caída del PIB. ¿Hasta cuándo se confundirá la mascarilla sanitaria de protección con un bozal que nos impida defender la libertad y que estrangule las bases del sistema democrático? ¿Cuándo podremos reabrir los comercios, negocios, terrazas, que son la base y el motor de nuestra economía? No vayamos al final a confundir las mascarillas con las mordazas, Sr Sánchez, y recuerde bien, que de esta saldremos, que lo que quede de la España que conocíamos, la levantaremos, y recuerde, cierre bien fuerte al salir…

Gabriel Padilla Franco